Por el cual se prorroga la vigencia de los Presupuestos nacionales correspondientes a los bienes de 1899 y 1900, 1901 y 1902, hasta el 31 de diciembre de 1904
El Vicepresidente de la República, encargado del poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades Constitucionales,
considerando:
Que el 31 del presente termina la prórroga de la vigencia de los Presupuestos nacionales de Rentas y Gastos de 1899 y 1900, de que trata el Decreto de carácter Legislativo número 541 de 7 de Mayo del presente año, publicado en el Diario Oficial número 11,843; y que por la Ley 56 Oficial número 11,843; y que por la Ley 56 de este mismo año, que principiará á regir él 4 de Enero próximo, se abré un crédito al Presupuesto del nombrado bienio.
Que en igual fecha se concluye la prórroga legal de la vigencia de los precitados Presupuestos en el bienio de 1901 y 1902, cuando aún está pendiente la segunda liquidación de ellos, á causa de que tratan diversos Decretos de carácter Legislativo que la modifican, así como también las de algunas las leyes expedidas por el Honorable Congreso en sus últimas sesiones, que no principiarán á regir de la mencionada fecha; y
Que para la regularización de las cuentas de las Oficinas administradoras de la Hacienda nacional es indispensable ampliar el tiempo durante el cual puedan los responsables aparejar los documentos que las comprueben legalmente;
decreta:
Artículo único. Prorrógase hasta el 31 de Diciembre de 1904 el periodo de vigencia de los Presupuestos de Rentas y Gastos nacionales de los bienios económicos de 1889 y 1900, 1901 y 1902, para los efectos de que trata el artículo 20 la Ley 33 de 1892.
Parágrafo. Queda así adicionado el Decreto Legislativo número 541 de 7 de Mayo del presente año, que se publicó en el número 11,843 del Diario Oficial
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 18 de Diciembre de 1903
josé manuel MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno, esteban JARAMILLO - El Ministro de Relaciones Exteriores, Luis Carlos Rico - El Ministro de Hacienda, Ruperto Ferreira - El Ministro de Guerra, Alfredo Vásquez Cobo - El Ministro de Instrucción Pública, Antonio José Uribe - El Ministro del Tesoro, Carlos Arturo Torres
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