Por el cual se modifica el Decreto número 851 de 1949 (marzo 31)
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales y vista la solicitud del Superintendente de Sociedades Anónimas v de acuerdo con el artículo 21 de la Ley 141 de 1948,
DECRETA:
Artículo primero. La Superintendencia de Sociedades Anónimas podrá continuar la publicación de la revista fie su dependencia, bajo la dirección del Superintendente.
En consecuencia, el Superintendente de Sociedades Anónimas queda autorizado para efectuar la anterior publicación en la Imprenta Nacional, o para contratarla con una empresa particular y pon cargo al presupuesto de la Superintendencia.
El material necesario lo suministrará la Superintendencia.
Artículo segundo. En los términos anteriores queda modificado 'el Decreto número 851, de 31 de marzo fiel corriente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de abril de 1919.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Gobierno, Darío ECHANDIA El Ministro de Hacienda y Crédito Público, HernánJARAMILLO OCAMPO.
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