Por el cual se aclara el Decreto número 1046 de 4 de septiembre del año en curso
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que se han presentado varias consultas sobre la aplicación del Decreto número 1046 de 4 de Septiembre del año en curso,
DECRETA:
Artículo único. Declárase que las existencias de tabaco, cigarrillos y fósforos que había á la expedición del Decreto número 1046 del corriente año, están comprendidas, para el cobro del impuesto, en las disposiciones del mismo Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Coburgo (Fusagasugá), á 4 de Octubre de 1905.
R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
Pedro AntonioMolina
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