Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con la Escuela Normal Superior

Rango Decreto
Publicación 1941-07-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA :

Articulo l°. En. lo sucesivo, la Escuela Normal Superior funcionará como dependencia de la Sección de Enseñanza Secundaria del Ministerio de Educación Nacional.
Artículo 2°. La Escuela Normal Superior, además de los fines que actualmente persigue, colaborará con el Ministerio en el estudio y preparación de planes programas, métodos, organización e inspección de. la enseñanza secundaria.
Artículo 3°. El Ministerio de Educación organizará en la Escuela Normal Superior cursos de vacaciones o complementarios para profesores de enseñanza secundaria, orientados a impulsar la preparación científica y pedagógica del personal actualmente al servicio en los colegios oficiales y en los privados que así lo soliciten.
Artículo 4°. La Escuela Normal Superior preparará, por medio de sus profesores o con los de otros institutos oficiales y privados, textos para el bachillerato, que serán sometidos, a la revisión del Consejo Técnico de Enseñanza Secundaria y a la aprobación del Ministerio. Dichos textos deberán ser elaborados con el fin primordial de procurar la orientación de la enseñanza hacia el conocimiento de la realidad nacional y el perfeccionamiento de la metodología general de la enseñanza secundaria.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de junio de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Educación Nacional,

Guillermo NANNETTI

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