Por el cual se adopta el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración correspondiente a los empleos de la Comisión Nacional de Valores y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1980-06-11
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 32 de 1979 y oído el concepto de la Comisión Asesora creada Por la misma ley,

DECRETA:

Artículo 1° Adoptase para los empleos de la Comisión Nacional de Valores las normas contenidas en el Decreto extraordinario 1042 de 1978, y demás disposiciones que lo adicionan o reforman, con las excepciones previstas en los artículos 2 Y 3 De este Decreto.
Artículo 2° Establécese la siguiente nomenclatura para algunos empleos de la Comisión Nacional de Valores:
Denominación Grado de Remuneración
Presidente de la Comisión Nacional de Valores 05
Secretario General de la Comisión Nacional de Valores 04
Jefe de División de la Comisión Nacional de Valores 03
Asesor de la Comisión Nacional de Valores 02
Profesional Especializado de la Comisión Nacional de Valores 01
Artículo 3° Fijase la siguientes escala de remuneración para Los empleos a que se refiere el artículo anterior:
Grado de Remuneración Asignación Básica Gastos de Representación Remuneración Total
01 40.000 40.000
02 18.000 27.000 45.000
03 19.200 28.800 48.000
04 20.000 30.000 50.000
05 21.500 32.200 53.700
Articulo 4°El régimen de prestaciones sociales establecido en los Decretos 3135 de 1968, 1045 de 1978 y en las demás normas que los adicionen o reformen, se aplicará a los empleados de la Comisión Nacional de Valores.
Articulo 5° Las personas que desempeñen los empleos de laComisión Nacional de Valores podrán afiliarse a la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades.
Artículo 6° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 14 de mayo de 1980.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Jaime García Parra.

El Ministro de Desarrollo Económico,

Gilberto Echeverri Mejía.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Laura Ochoa de Ardila

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