Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Defensa Nacional), por $ 760.000
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 de 1966 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, mediante decreto, los créditos presupuéstales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto ley número 1675 de 1964;
Que por medio de la Resolución ejecutiva número 150 de 1967. se declararon sobrantes algunos saldos del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Defensa, por carecer de compromiso, y, en la misma providencia, se solicita la apertura de unos créditos adicionales al mismo Presupuesto, por valor de $ 760.000, para atender a compromisos urgentes para la buena marcha de dicho Ministerio;
Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 15 de 1967, por $ 760.000, y
Que se han llenado los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967;
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Defensa Nacional.
CAPITULO 0351 - DIRECCION DEL MINISTERIO
Programa 306 - Gabinete del Ministro.
Gastos generales.
| 106. 151. 209. Artículo 3509. Arrendamientos | $ 180.000 |
|---|---|
CAPITULO 0352. - COMANDO GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES
Programa 307. - Operación Administrativa del Comando General.
Gastos generales.
| 106. 151. 209. Artículo 3527. Arrendamientos | $ 30.000 |
|---|---|
Programa 389. - Publicaciones de la Imprenta del Estado Mayor.
Gastos generales.
-
-
-
- Artículo 3532. Compra de equipo 50.060
-
-
CAPITULO 0353. - EJERCITO NACIONAL
Programa 311. - Operación Administrativa del Ejército.
Servicios personales.
-
-
-
- Artículo 3538. Prima de Navidad 100.000
-
-
CAPITULO 0354. - ARMADA NACIONAL
Programa 316. - Operación Administrativa de la Armada.
Servicios personales.
| 101. 153. 109. Artículo 3559. Remuneración servicios técnicos | 400.000 |
|---|---|
| Suman los contracréditos | $ 760.000 |
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967;
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Defensa Nacional.
CAPITULO 0351. - DIRECCION DEL MINISTERIO
Programa 306. - Gabinete del Ministro.
Gastos generales.
| 105. 151. 201. Artículo 3506. Mantenimiento y aseguros | $ 80.000 |
|---|---|
| 106. 151. 211. Artículo 3510-A. Gastos varios e imprevistos | 100.000 |
CAPITULO 0352. - COMANDO GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES
Programa 307. - Operación Administrativa del Comando General.
Gastos generales.
| 105. 151. 201. Artículo 3520. Mantenimiento y aseguros | 80.000 |
|---|---|
CAPITULO 0353. - EJERCITO NACIONAL
Programa 311. - Operación Administrativa del Ejército.
Gastos generales.
| 106. 151. 211. Artículo 3547-A. Gastos varios e imprevistos | 100.000 | |||
|---|---|---|---|---|
CAPITULO 0354. - ARMADA NACIONAL
Programa 316. - Operación Administrativa da la Armada.
Servicios personales.
| 101. 153. 113. Artículo 3560. Jornales | 400.000 |
|---|---|
| Suman los créditos | $ 760.000 |
| --- | --- |
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de junio de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
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