Por el cual se ordena la publicación de un folleto en la Imprenta Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y vista la solicitud de Asilo de San Antonio de Padua,
DECRETA:
Articulo único. En la Imprenta Nacional y por cuenta del Gobierno se editará un folleto que llevará por nombre "La obra de la Congregación de Terciarios Capuchinos en pro de la infancia desamparada y de la juventud descarriada" en número de 3.000 ejemplares, bajo la dirección de Asilo de San Antonio de Padua, de Bogotá.
El papel y la cartulina debe suministrarlos el Asilo de San Antonio de Padua, de Bogotá.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de abril de 19 49.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Gobierna, Darío ECHANDIA- El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO.
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