por el cual se modifica el Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993

Rango Decreto
Publicación 1996-07-05
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1°. Trasládase la función contenida en el numeral 11 del artículo 12 del Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993, de la Oficina de Control y Seguridad Aérea a la Dirección de Operaciones Aéreas como numeral 9º del artículo 22 del mismo, el cual quedará así:

"9. Diseñar y coordinar el servicio de extinción de incendios a cargo de los aeropuertos".

Los demás apartes y numerales del artículo 22 del Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993 no se modifican, entendiéndose que el numeral 10, corresponderá a las demás funciones que le sean asignadas o delegadas por el Director General o el Secretario Aeronáutico.

Artículo 2°. Adiciónense los numerales 11, 12 y 13 al artículo 12 del Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993, Oficina de Control y Seguridad Aérea, el cual quedará así:

Los demás apartes y numerales del artículo 12 del Decreto 2724 de diciembre de 1993 no se adicionan ni se modifican, entendiéndose que el numeral 14, corresponderá a las demás funciones que le sean asignadas o delegadas por el Director General.

Artículo 3°. Modificar el artículo 14 del Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993, Oficina de Registro, el cual quedará así:

Los demás apartes y numerales del artículo 14 del Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993, no se modifican.

Artículo 4°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C, a 2 de julio de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Transporte,

Carlos Hernán López Gutiérrez.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Edgar Alfonso González Salas.

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