Por el cual se reforma el marcado con el número 1094, sobre fijación en oro de los sueldos de los empleados nacionales
empleados nacionales.
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales,
decreta:
Art. 1.° Fijanse las siguientes asignaciones mensuales en oro a los empleados que á continuación se expresan, con la misma vigencia y en la misma forma prescrita por el Decreto de carácter Legislativo número 1094 del presente año.
ministerio de gobierno
Sección 2.- Correos y Telégrafos
| El Jefe de la Sección | $ | 100 |
|---|---|---|
| El Jefe de la Estadística | 35 | |
| Dos Escribientes, cada uno | 35 | |
| El Portero encargado del Archivo | 16 | |
| El Jefe del Ramo de Telégrafos | 70 | |
| El Oficial de Sección | 40 | |
| Dos Escribientes , cada uno | 35 | |
| El Portero encargado del Archivo | 16 |
Telégrafos
| El Proveedor de Sellos | 45 |
|---|---|
| El Escribiente de la Proveeduría | 42 |
| El Administrador del Depósito de materiales telegráficos | 20 |
MINISTERIO DEL TESORO
Sección 4.ª- Correos y Telégrafos
| El Primer Tenedor de Libros, encargado de la cuenta del Departamento del Tesoro y de la formación y liquidación de los Presupuestos | 80 |
|---|---|
CORTE DE CUENTAS
| Los Magistrados, cada uno | 100 |
|---|---|
| Los Auxiliares, cada uno | 50 |
TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA
| El Jefe de la Sección de timbre nacional | 80 |
|---|---|
| El Subjefe | 60 |
Art. 2.° Queda en estos términos reformado el Decreto en referencia.
Publíquese
Dado en Bogotá, á 21 de Diciembre de 1903
josé manuel MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno, esteban jaramillo - El Ministro de Relaciones Exteriores, Luis Carlos Rico - El Ministro de Hacienda, Ruperto Ferreira - El Ministro de Guerra, Alfredo Vásquez Cobo - El Ministro de Instrucción Pública, Antonio José Uribe - El Ministro del Tesoro, Carlos Arturo Torres
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.