Por el cual se aprueba la Resolución número 75 del Departamento Nacional de Higiene

Rango Decreto
Publicación 1933-07-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase la siguiente Resolución:

"RESOLUCION NUMERO 75

"(junio 27)

"por la cual se determina el personal dependiente del Departamento Nacional de Higiene para la campaña de saneamiento del sur del país.

"El Director Técnico y el Administrador General de Higiene,

en uso de sus facultades legales y de acuerdo con el Decreto número 1120 del 21 de los corrientes, que adscribe al Departamento Nacional de Higiene la campaña de saneamiento del sur del país,

"RESUELVEN:

"Artículo 1° A partir del primero de julio próximo, la campaña de saneamiento en las regiones del sur del país, que venía a cargo del Departamento de Sanidad del Ministerio de Guerra, se adelantará por el Departamento Nacional De Higiene. Al efecto se crean las siguientes Unidades Sanitarias, con el personal y asignaciones mensuales que se expresan:

"Neiva. "Neiva. "Neiva.
"Un Médico de Sanidad $ 150
"Dos inspectores Sanitarios, a S 50 cada uno 100
"Cuatro Agentes Sanitarios, a $ 40 cada uno 160
"Garzón. "Garzón. "Garzón.
"Un Médico de Sanidad 150
"Un Inspector Sanitario 50
"Un Agente Sanitario 40
"Florencia. "Florencia. "Florencia.
"Un Médico de Sanidad 150
"Un Inspector Sanitario 50
"Un Agente Sanitario 40
"Guadalupe. "Guadalupe. "Guadalupe.
"Un Médico de Sanidad 150
"Un Inspector Sanitario 50
"Un Agente Sanitario 40
"Pasto. "Pasto. "Pasto.
"Un, Inspector Sanitario 50
"Dos Agentes Sanitarios, a $ 40 cada uno 80
"Popayán. "Popayán. "Popayán.
"Un Inspector Sanitario 50
"Un Agente Sanitario 40
"Artículo 2° Para servir los empleos creados en el artículo anterior, hácense los siguientes nombramientos: "Neiva. "Médico de Sanidad, doctor Víctor Pineros y Piñeros. "inspectores Sanitarios, señores Alberto Vargas y Nicolás Espitia. "Agentes Sanitarios, señores Lisaiidro Vidal, Alfonso Aragón, Segundo Gómez T. y Manuel J. Martí. "Garzón. "Médico de Sanidad, doctor José Domingo Rincón. "Inspector Sanitario, señor Luis E. Yepes. "Agente Sanitario, señor Marco Tulio Ocampo. "Florencia. "Médico de Sanidad, doctor Plácido Sánchez. "Inspector Sanitario, señor Luis F. George. "Agente Sanitario, señor Jorge Rocha. "Guadalupe. "Médico de Sanidad, doctor Carlos M. Chaparro. "Inspector Sanitario, señor Miguel Mejía. "Agente Sanitario, señor Esteban Mantilla. "Pasto. "Inspector Sanitario, señor Daniel Estévez Angulo. "Agentes Sanitarios, señor Emiro Anzola y señorita Rebeca Posse. "Popayán. "Inspector Sanitario, señor Julio Burbano. "Agente Sanitario, señor Gabriel del Castillo. "Artículo tercero. Los gastos de personal y material para .la campaña a que se refiere esta Resolución se pagarán con imputación a los artículos 339 y 340, respectivamente, del capítulo 68, Departamento Nacional de Higiene, del Presupuesto de gastos vigente. "Sométase a la aprobación del Poder Ejecutivo. "Dada en Bogotá a veintisiete de junio de mil novecientos treinta y tres. "El Director Técnico, "Enrique Enciso "El Administrador General de Higiene, "Alejandro Villa Alvarez" "Artículo 2° Para servir los empleos creados en el artículo anterior, hácense los siguientes nombramientos: "Neiva. "Médico de Sanidad, doctor Víctor Pineros y Piñeros. "inspectores Sanitarios, señores Alberto Vargas y Nicolás Espitia. "Agentes Sanitarios, señores Lisaiidro Vidal, Alfonso Aragón, Segundo Gómez T. y Manuel J. Martí. "Garzón. "Médico de Sanidad, doctor José Domingo Rincón. "Inspector Sanitario, señor Luis E. Yepes. "Agente Sanitario, señor Marco Tulio Ocampo. "Florencia. "Médico de Sanidad, doctor Plácido Sánchez. "Inspector Sanitario, señor Luis F. George. "Agente Sanitario, señor Jorge Rocha. "Guadalupe. "Médico de Sanidad, doctor Carlos M. Chaparro. "Inspector Sanitario, señor Miguel Mejía. "Agente Sanitario, señor Esteban Mantilla. "Pasto. "Inspector Sanitario, señor Daniel Estévez Angulo. "Agentes Sanitarios, señor Emiro Anzola y señorita Rebeca Posse. "Popayán. "Inspector Sanitario, señor Julio Burbano. "Agente Sanitario, señor Gabriel del Castillo. "Artículo tercero. Los gastos de personal y material para .la campaña a que se refiere esta Resolución se pagarán con imputación a los artículos 339 y 340, respectivamente, del capítulo 68, Departamento Nacional de Higiene, del Presupuesto de gastos vigente. "Sométase a la aprobación del Poder Ejecutivo. "Dada en Bogotá a veintisiete de junio de mil novecientos treinta y tres. "El Director Técnico, "Enrique Enciso "El Administrador General de Higiene, "Alejandro Villa Alvarez" "Artículo 2° Para servir los empleos creados en el artículo anterior, hácense los siguientes nombramientos: "Neiva. "Médico de Sanidad, doctor Víctor Pineros y Piñeros. "inspectores Sanitarios, señores Alberto Vargas y Nicolás Espitia. "Agentes Sanitarios, señores Lisaiidro Vidal, Alfonso Aragón, Segundo Gómez T. y Manuel J. Martí. "Garzón. "Médico de Sanidad, doctor José Domingo Rincón. "Inspector Sanitario, señor Luis E. Yepes. "Agente Sanitario, señor Marco Tulio Ocampo. "Florencia. "Médico de Sanidad, doctor Plácido Sánchez. "Inspector Sanitario, señor Luis F. George. "Agente Sanitario, señor Jorge Rocha. "Guadalupe. "Médico de Sanidad, doctor Carlos M. Chaparro. "Inspector Sanitario, señor Miguel Mejía. "Agente Sanitario, señor Esteban Mantilla. "Pasto. "Inspector Sanitario, señor Daniel Estévez Angulo. "Agentes Sanitarios, señor Emiro Anzola y señorita Rebeca Posse. "Popayán. "Inspector Sanitario, señor Julio Burbano. "Agente Sanitario, señor Gabriel del Castillo. "Artículo tercero. Los gastos de personal y material para .la campaña a que se refiere esta Resolución se pagarán con imputación a los artículos 339 y 340, respectivamente, del capítulo 68, Departamento Nacional de Higiene, del Presupuesto de gastos vigente. "Sométase a la aprobación del Poder Ejecutivo. "Dada en Bogotá a veintisiete de junio de mil novecientos treinta y tres. "El Director Técnico, "Enrique Enciso "El Administrador General de Higiene, "Alejandro Villa Alvarez"

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de junio de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Agustín MORALES OLAYA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.