Por el cual se fija la cuantía de un sueldo

Rango Decreto
Publicación 1918-08-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

decreta:

Desde el 1º del corriente mes de agosto el sueldo del Ingeniero Ayudante del Ferrocarril del Tolima será de ciento ochenta pesos ($ 180) mensuales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de agosto de 1918.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Obras Públicas, Jorge VELEZ.

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