Sobre creación de un Circuito de Notaría y Registro
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultada legales, y Visto el informe del señor Gobernador del Departamento de Jericó acerca de la creación de un Circuito de Notaria y Registro en el Municipio de Caramanta,
decreta:
Artículo 1.º Créase el circuito de Notaría y Registro de Caramanta compuesto del Municipio de este nombre.
Artículo 2.º El Municipio de Caramanta queda segregado del Circuito de Notaría y Registro á que actualmente pertenece.
Artículo 3.° El presente Decreto regirá desde su publicación en el Diaria Oficial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 30 de Octubre de 1908.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
m, vargas
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