Por el cual se crean dos oficinas en el ramo postal y telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Créanse las Oficinas postales y telegráficas de Guadalupe y Guapotá, Departamento de Galán.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 28 de Septiembre de 1906.
R. BEYES
El Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho,
LUCIANO HERRERA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.