Sobre creación de un Circuito de Notaría y Registro

Rango Decreto
Publicación 1908-11-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales, y Visto el informe del señor Gobernador del Departamento de Neiva,

decreta:

Articulo 1º Crèace el Circuito de Notaria y Registro o de Alpujarra, compuesto del Municipio de este nombre, que será su cabecera, y de los de Dolores y Colombia, Departamento de Neiva.
Artículo 2º El Municipio de Alpujarra, Dolores y Colombia quedan segregado del Circuito de Notaría y Registro á que actualmente pertenece.
Artículo 3.° El presente Decreto regirá desde su publicación en el Diaria Oficial.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 30 de Octubre de 1908.

R. REYES

El Ministro de Gobierno,

m, VARGAS

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