Por el cual se varia transitoriamente la capital del departamento del
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutiva.
En uso de sus facultades constitucionales,
decreta
Art. 1o. Trasládase temporalmente la capital del Departamento del Tolima á la ciudad de Neiva, mientras se restablece, completamente la paz en toda la República.
Art. 2°. Facúltase al Gobernador, Jefe Civil y Militar de aquel Departamento, para que pueda trasladar también, dentro de su jurisdicción, y a lugares que crea más convenientes al buen servicio público y á las necesidades de la guerra, las Oficinas de Hacienda nacional y departamental, y los Establecimientos de detención y castigo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 8 de Octubre de 1901.
josé manuel MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno, Guillermo Quintero C.-El Ministro de Hacienda, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores, Miguel Abadía Méndez. El Ministro de Guerra, José Vicente Concha-El Ministro de Instrucción Pública, J. M. Rivas Groot-El Subsecretario del Ministerio del Tesoro, encargado del Despacho, José M. Cordovez M.
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