Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente (Ministerio de Gobierno)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que en Consejo de Ministros en su sesión del día 18 de mayo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectuar unas traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio de Gobierno, según consta en el Acta respectiva.
DECRETA:
| Artículo primero. Hácénse las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente: | ||
|---|---|---|
| Ministerio de Gobierno. | ||
| Capítulo 4° | ||
| Del artículo 29. Para sueldos de la Registraduría Nacional del Estado Civil y de sus Delegados en los Departamentos, Visitadores, Registradurías Municipales y demás funcionarios del Ramo Electoral, inclusive la remuneración a que tengan derecho los miembros de la Corte Electoral, en el año | $ | 1.240.000.00 |
| Suman los contracréditos | $ | 1.240.000.00 |
| Capítulo 4° | ||
| Al artículo 30. Para viáticos, pasajes y gastos de transporte de los funcionarios de la Registraduría Nacional cuando viajen en ejercicio de sus funciones, útiles de escritorio, equipo de oficina, material en general y demás gastos que demande el funcionamiento de la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus dependencias, en el año | $ | 800.000.00 |
| Al artículo 31. Para atender al pago de cuentas pendientes de toda clase, de la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus dependencias correspondientes a deudas de vigencias anteriores | $ | 440.000.00 |
| Suman los créditos | $ | 1.240.000.00 |
Artículo segundo. Este Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de mayo de 1951.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Gobierno, Domingo Sarasty M. - El Ministro de Hacienda y Crédito Público, AntonioAlvarez Restrepo.
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