Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1973 (Policía Nacional) por $ 50.000.000.00

Rango Decreto
Publicación 1973-07-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el numeral 1° del artículo 48 de la Ley 9ª de 1972, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de Decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir unos créditos adicionales al presupuesto de gastos de la Policía Nacional para la vigencia fiscal de 1973, por $50.000.000.00;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 13 de 1973, por $819.200.000.00 correspondientes al mayor producto de las rentas globalmente considera, del cual se utilizan $50.000.000.00 para financiar los créditos adicionales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1973 en la cantidad de cincuenta millones de pesos ($50.000.000.00) moneda legal que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 13 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

Presupuesto de Rentas e Ingresos.

CAPITULO XI

Numeral 100-B. Mayor producto de las rentas globalmente consideradas (artículo 103 del Decreto-ley 294 de 1973) $ 50.000.000
Suma el recurso $ 50.000.000
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973.

Presupuesto de Funcionamiento

CAPITULO 191

POLICIA NACIONAL

Programa 201.

Dirección General.

Servicios personales.

101 - 131 - 103 - Artículo 1951. Sueldos del personal de nómina $ 3.432.500 3.432.500
101 - 131 - 109 - Artículo 1952. Remuneración servicios técnicos 300.000 300.000
102 - 131 - 113 - Artículo 1953. Jornales 297.729 297.729
102 - 131 - 127 - Artículo 1957. Auxilio de transporte 602.040 602.040
102 - 131 - 129 - Artículo 1958. Subsidio familiar y demás primas legales 68.473 68.473
Gastos generales.
105 - 131 - 203 - Artículo 1959. Compra de equipo $ 1.565.536 1.565.536
Transferencias.
201 - 332 - 401 - Artículo 1964. Pensiones de invalidez $ 1.500.000 1.500.000
201 - 332 - 401 - Artículo 1966. Pensiones de jubilación y cuotas partes 250.000 250.000
201 - 332 - 401 - Artículo 1966. A Pensiones por muerte 650.000 650.000
Programa 202.
Servicios policiales
Servicios personales.
101 - 132 - 103 - Artículo 1968. Sueldos del personal de nómina $ 11.521.304 11.521.304
102 - 132 - 129 - Artículo 1971. Subsidio familiar y demás primas legales 669.843 669.843
Gastos generales.
105 - 132 - 201 - Artículo 1972. Mantenimiento y aseguros $ 3.500.000 3.500.000
105 - 132 - 203 - Artículo 1973. Compra de equipo 8.129.575 8.129.575
106 - 132 - 215 - Artículo 1979. Arrendamientos 1.400.000 1.400.000
Programa 203.
Capacitación al personal uniformado.
Servicios personales
101 - 317 - 103 - Artículo 1981. Sueldos del personal de nómina $ 2.000.000 2.000.000
102 - 317 - 119 - Artículo 1984. Prima de alimentación, lavado y peluquería 73.000 73.000
Programa 204.
Sanidad y Asistencia Social.
Servicios personales.
101 - 352 - 103 - Artículo 1990. Sueldos del personal de nómina $ 600.000 600.000
101 - 352 - 111 - Artículo 1991. Honorarios (pagos a profesionales) 440.000 440.000
Gastos generales.
106 - 352 - 211 - Artículo 1996. Materiales y suministros 3.000.000 3.000.000
Presupuesto de Inversión.
CAPITULO 590
Policía Nacional.
Programa 590.
Construcción y dotación de cuarteles y otras instalaciones.
Recursos ordinarios.
568 - 438 - Artículo 5901-A. Adquisición, construcción y dotación de otras instalaciones 10.000.000 10.000.000
Proyectos.
1. Adquisición seminario Padres Jesuítas para creación Escuela Formación de Agentes "Rafael Reyes" en Santa Rosa de Viterbo $ 7.000.000
2. Saldo deuda compra hacienda San Benito donde funciona la Escuela Jiménez de Quesada 3.000.000
Suman los créditos $ 50.000.000
Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de junio de 1973.

misael pastrana borrero

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,

Oscar Uribe Londoño.

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