Por el cual se reorganiza el correo urbano de la ciudad de Cali

Rango Decreto
Publicación 1914-02-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1.° A partir del primero de marzo queda separado en dos Secciones el servicio del Correo Urbano de Cali, en la forma y con el personal que se expresan: Correo Urbano, que dependerá de la Administración de Correos, con un Ayudante con veinticinco pesos ($ 25) de sueldo, tres Carteros y dos Buzoneros, con catorce pesos ($ 14) cada uno. Cuatro Carteros de Telégrafos, que dependerán del Jefe de la, Oficina del ramo, con catorce pesos vente cada uno.
Artículo 2.° Crease en la Administración Principal de Correos de Cali la plaza da Ayudante en la Oficina de Encomiendas del Exterior con veinticinco pesos $ 25

Comuníquese y publíquese.

Dado en Anolaima a 27 de enero de 1911.

CARLOS E. RESTREPO

Bogotá, enero 29 de 1914

E1 Ministro de Gobierno,

clodomiro RAMIREZ

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