Por el cual se crea una Sección de la Policía Nacional destinada a prestar sus servicios en Caño de Loro, y se fijan su personal y asignaciones

Rango Decreto
Publicación 1936-02-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la Repúbliea de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Articulo 1° Créase una Sección de la Policía Nacional destinada a prestar sus servicios en Caño de Loro.
Artículo 2° El personal y asignaciones para la Sección de Policía Nacional creada por el artículo anterior, serán los siguientes:

Mensual

Un Agente de primera clase, Almacenista $ 70
Diez y nueve Agentes de segunda clase, cada uno a 55
Articulo 3° El presente Decreto principiará a regir desde el 16 de los corrientes.

Comuniquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de enero de 1936.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Alberto LLERAS CAMARGO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.