Por el cual se destinan partidas para sueldos de empleado y alimentación de personal interno del Instituto Universitario de Vélez

Rango Decreto
Publicación 1940-02-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

decreta:

Artículo único. Para sueldos de empleados y alimentación del personal interno del Instituto Universitario de Vélez, se destinan las siguientes sumas apropiadas en el Presupuesto vigente:

Para sueldos en once (11) meses, de febrero a diciembre, asi:

Mensual Total
Rector, (interno), a $ 250.00 2.750.00
Secretario Habilitado (interno), a 180.00 1.980.00
Directores de Grupo (internos), cinco (5) a $ 130.00 cada uno 650.00 7.150.00
Profesor de Educación Física (interno), a 80.00 880.00
Profesorado externo, hasta sesenta y tres (63) horas de clase mensuales, a razón de $ 2.00 la hora 126.00 1.386.00
Médico (externo), a 60.00 660.00
Dentista (externo), a 50.00 550.00
Enfermero (interno), a 30.00 330.00
Bibliotecario Mecanógrafo (externo), a 40.00 440.00
Ecónomo (interno), a 60.00 660.00
Portero (interno), a 30.00 330.00
Servicio doméstico, según distribución que hará el Rector, hasta 70.00 770.00
Sumas $ 1.626.00 17.886.00
Para sueldos en el mes de enero, así:
Rector $ 250.00
Vicerrector 150.00
Secretario 120.00
Habilitado 150.00
Directores de Grupo, cuatro (4), a $ 130.00 cada uno 520.00
Profesorado Externo, hasta ciento veinte (120) horas mensuales de clase, a $ 2.00 la hora 240.00
Médico 60.00
Dentista 50.00
Enfermero 40.00
Ecónomo 60.00
Portero 30.00
Servicio doméstico $ 70.00 1.740.00
Total 19.626.00
b) Del artículo 968, Capítulo 59.
Para alimentación del personal interno, en diez (10) meses, de febrero a noviembre, así; Para alimentación del personal interno, en diez (10) meses, de febrero a noviembre, así; Para alimentación del personal interno, en diez (10) meses, de febrero a noviembre, así; Para alimentación del personal interno, en diez (10) meses, de febrero a noviembre, así;
Mensual Total
De once (11) empleados internos, hasta $ 14.00 cada uno 154.00 1.540.00
Del servicio doméstico, hasta 112.00 1.120.00
De cincuenta y cinco (55) alumnos internos, hasta $ 14.00 cada uno 770.00 7.700.00
Totales $ 1.036.00 10.360.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 30 de enero de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Carlos Lleras Restrepo

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso Araújo

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