Por el cual se distribuye una partida

Rango Decreto
Publicación 1939-06-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. La partida trasladada al artículo 393-A, Capítulo 59 del Presupuesto vigente, por Decreto número 1128, de 27 de mayo del corriente año, destinada al sostenimiento del Externado Nacional de Bachillerato, se distribuye así:
Sueldos. Mensual. Anual.
De un profesor Director de, grupo, en el mes de enero 140.00 140.00
Para sueldos de profesores externos, a razón de $ 2 la hora de clase, en 9 meses y medio, del 16 de marzo al último de. diciembre 750.00 7.125.00
Gastos varios.
Para laboratorios, biblioteca, material y útiles de enseñanza, excursiones, luz, agua, teléfono, deportes, gabinetes, gastos de administración, organización de talleres y demás gastos imprevistos 235.00
Suma $ 7.500.00
Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 1° de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso Araújo Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 1° de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso Araújo Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 1° de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso Araújo
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