Por el cual se distribuye una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. La partida trasladada al artículo 393-A, Capítulo 59 del Presupuesto vigente, por Decreto número 1128, de 27 de mayo del corriente año, destinada al sostenimiento del Externado Nacional de Bachillerato, se distribuye así:
| Sueldos. | Mensual. | Anual. |
|---|---|---|
| De un profesor Director de, grupo, en el mes de enero | 140.00 | 140.00 |
| Para sueldos de profesores externos, a razón de $ 2 la hora de clase, en 9 meses y medio, del 16 de marzo al último de. diciembre | 750.00 | 7.125.00 |
| Gastos varios. | ||
| Para laboratorios, biblioteca, material y útiles de enseñanza, excursiones, luz, agua, teléfono, deportes, gabinetes, gastos de administración, organización de talleres y demás gastos imprevistos | 235.00 | |
| Suma | $ 7.500.00 | |
| Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 1° de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso Araújo | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 1° de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso Araújo | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 1° de junio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso Araújo |
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