por el cual se confiere una condecoración de la “Orden del Mérito Penitenciario”
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto 1109 de abril 20 de 1982, se reglamentó la adjudicación de la condecoración (Orden del Mérito Penitenciario), con la cual el Gobierno Nacional distingue a personas naturales y jurídicas que presten o hayan prestado servicios extraordinarios a la causa de la justicia o que dediquen sus capacidades y virtudes a los objetivos penitenciarios;
Que es necesario estimular a los servidores o benefactores del Ministerio de Justicia, cuyas ejecutorias hayan significado gran aporte para la rehabilitación del Interno y prestigio para la Institución Penitenciaria;
Que el Capitán de la Policía Nacional, José Javier Toro Díaz, viene desde hace varios años ejerciendo el cargo de Director de la Colonia Penal y Agrícola de Oriente Acacías, donde ha desarrollado una brillante labor que ha sido aplaudida no sólo por las Directivas del Ministerio de Justicia sino por los propios beneficiados como lo son el personal recluso de ese establecimiento;
Que en virtud de lo anterior, el Consejo de la Orden en sesión ordinaria efectuada el 14 de junio de 1988, estudió la postulación presentada y acordó proponer el otorgamiento de la condecoración Orden del Mérito Penitenciario al señor Capitán José Javier Toro Díaz,
DECRETA:
Artículo 1° Confiérese la condecoración “Orden del Mérito Penitenciarlo” en la Categoría Ejemplar, al Capitán de la Policía Nacional José Javier Toro Díaz, como Director de la Colonia Penal y Agrícola de Oriente Acacías, en reconocimiento y exaltación a su contribución a la causa Penitenciaria.
Artículo 2° La condecoración que se confiere en el presente Decreto será impuesta en ceremonia especial.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 17 de junio de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Justicia,
Enrique Low Murtra.
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