Por el cual se adscriben unas funciones
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y
decreta :
Artículo único. A partir de la fecha del presente Decreto, el Abogado Jefe de la Sección Jurídica del Ministerio de Correos y Telégrafos queda investido de las atribuciones conferidas a los Visitadores, Generales de Correos y Telégrafos para toda investigación o visita que se le confiera en resolución del Ministerio en mención.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de abril de 1950.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Correos y Telégrafos,
General Gustavo ROJAS PINILLA.
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