Por el cual se nombra Ministros del Despacho Ejecutivo
El Presidente de la República Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales
decreta:
Nombrase Ministro de Gobierno al señor doctor Pedro Antonio Molina;
Ministro de Relaciones Exteriores al señor General Jorge Holguín;
Ministro de Hacienda, al señor don Carlos Vásquez Latorre:
Ministro de Guerra, al señor doctor Jorge Roa;
Ministro de Instrucción Pública, al señor doctor Emilio Ferrero;
Ministro de Agricultura y Comercio, al señor doctor Simón Araujo
Ministro de Obras Publicas, al señor don Rafael del Corral;
Ministro del Tesoro, al señor don Pedro A. López.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de agosto de 1918.
marco fidel suarez
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.