Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del dia, 26 de mayo próximo pasado, concedió al Ministerio de Hacienda la autorización necesaria para efectuar traslados en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores,
DECRETA:
Artículo único. Hacense, los siguientes traslados. en el Presupuestó de la vigencia fiscal en curso:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
| Del capitulo 21, articulo 90. Para gastos de demarcación de límites y fijación de ellos | $ | 14.627.93 | |
|---|---|---|---|
| Al capitulo 22, artículo 96. Para atender al pago de .gastos vigencias expiradas | 7.127.93 | ||
| Al capitulo 22, articulo 96 bis. Para dar cumplimiento al Decreto número 1028 de 1939, por él cual se da una autorización y se fija una suma para unos gastos extraordinarios de carácter reservado en el Ministerio de Relaciones Exteriores | 7.500.00 | ||
| Sumas iguales | 14.627.93 | 14.627.93 |
Comuníquese y publiquese.
Dado en Bogotá a 3 de junio de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Luis López de MESA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Lleras RESTREPO
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