Por el cual se adicionan los Presupuestos Nacionales de Rentas y Gastos de 1908 y pormenor de las operaciones que deben verificar las oficinas respectivas

Rango Decreto
Publicación 1908-11-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales y en cumplimiento de la Ley 1.ª de 1908, pobre división territorial,

DECRETA:

Artículo 1.º Adiciónase el Presupuesto Nacional de Rentas para el año económico de 1908 con la cantidad de $ 249,000, valor de las Rentas Departamentales correspondientes al último trimestre del corriente año, así:
Impuesto Directo ó Predial $ 110,000
Impuesto de Registro y Anotación 27,000
Derecho de Peaje 40,000
Pontazgo y Pasaje de Ríos 5,000
Degüello de Ganado Menor 10,000
Impuesto Personal Subsidiario 3,000
Bienes Departamentales 900
Ingresos Varios Departamentales 8,000
Productos de Imprentas 1,000
Impuestos Varios Departamentales 24,100
Rentas Departamentales de Vigencias Anteriores 20,000
Suma $ 249,000
Artículo 2.º Acredítase el Presupuesto Nacional de Gastos para el año económico de 1908 con la cantidad de 3 1.115,703-93, imputable á les Departamentos administrativos que en seguida se expresan:
Al de Política Interior $ 163,101 50
Al de Correos y Telégrafos 8,312
Al de Justicia 54,693
Al de Hacienda 373,956 95
Al del Tesoro 10,811
Al de Guerra 100,865
Al de Instrucción Pública 290,240
Al de Fomento 113,725 48
Suman los créditos $ 1.114,704 93
Artículo 3.º Contracredítase el Presupuesto de Gastos del año económico de 1908 con la cantidad de $ 866,703-93, imputable á los siguientes Departamentos Administrativos :
Al de Política Interior 33,363 90
Al de Hacienda 833,341 03 866,704 93
Cantidad con que se adiciona el Presupuesto Nacional de Gastos $ 249,000

Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas verificarán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto, de acuerdo con el pormenor de las liquidaciones practicadas en la Dirección de 1a Contabilidad General de la República, que se publica á continuación.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 3 de Noviembre de 1908.

R. REYES

El Subsecretario de Hacienda encargado del Ministerio de Hacienda y Tesoro,

B. Sanin Cano

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