Por el cual se dictan medidas sobre el ejercicio del Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en armonía con las disposiciones del artículo 19 de la Ley 64 de 1931 y el articulo 1° del Decreto legislativo número 2370 de 1938, teniendo en cuenta la grave situación fiscal a que se halla enfrentado el Gobierno por razón de las deficiencias que se contemplan en algunos renglones del Presupuesto de rentas correspondiente a la presente vigencia, determinó en sesión de fecha 9 del mes en curso, suspender el ejercicio de algunas apropiaciones en su totalidad o en porte, destinadas a la continuación de obra y a la atención de ,servicios, y en general, a toda clase de gastos públicos que en concepto del respectivo Despacho Ejecutivo puedan ser susceptibles de aplazamiento mientras no se modifiquen tales condiciones fiscales,
DECRETA:
Articulo 1° Aplázase el ejercicio de las siguientes partidas incorporadas en el Presupuesto vigente:
Ministerio de Educación Nacional:
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