Por el cual se crean unos cargos en el Ministerio de Minas y Petróleos
La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,
en uso de las atribuciones que le confieren el artículo 121 de la Constitución Nacional y el Decreto extraordinario número 3050 de 1956, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 0365 de diciembre 11 de 1957, se creó y organizó como dependencia del Ministerio de Minas y Petróleos el Departamento de Conservación y Reservas, en cumplimiento del mandato legal contenido en el artículo 4° del Decreto extraordinario número 3050 de diciembre 13 de 1956, y
Que para el eficaz funcionamiento de dicho Departamento se requieren los servicios de dos ingenieros de petróleos especializados en la rama de producción y reservas y de reconocida experiencia, cuyos sueldos ha convenido atender la Empresa Colombiana de Petróleos con cargo a sus propios recursos,
DECRETA:
Artículo 1°. A partir de la fecha del presente Decreto, créanse en el Ministerio de Minas y Petróleos los cargos que a continuación se enumeran, con la nomenclatura y asignaciones mensuales siguientes:
- V. División Nacional de Petróleos.
- D. Conservación y Reservas.
| Dos (2) Ingenieros de Petróleos Primeros, a $ 2.500.00 cada uno | $ | 5 000.00 |
|---|---|---|
Parágrafo. Las personas que se designen para los mencionados cargos deberán comprobar su idoneidad mediante la presentación del título o matricula de ingeniero de petróleos y acreditar su experiencia en producción y reservas de petróleos en la forma que indique el Ministerio de Minas y Petróleos.
Artículo 2°. Las erogaciones que cause el cumplimiento del presente Decreto serán atendidas por la Empresa Colombiana de Petróleos.
Artículo 3°. El presente Decretó rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 16 de abril de1958.
Mayor General. GABRÍEL PARIS G.,
Presidente de la junta.
Mayor General Deogracias Fonseca. - Vicealmirante Rubén Piedrahita A. - Brigadier General Rafael Navas Pardo. - Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Gobierno, Mayor General Píoquinto Rengifo. - El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sánz de Santamaría. - El Ministro de Justicia, José María Villarreal. - El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda. - El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya. - El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar. - El Ministro del Trabajo. Raimundo Emiliani Román. - E1 Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás. - El Ministro de Fomento, Harold Eder Caicedo. - El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbay Ayala. - El Ministro de Educación Nacional, Alonso Carvajal Peralta. - El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Pedro A. Muñoz. - El Ministro de Obras Públicas, Roberto Salazar Gómez.
Salazar Gómez.
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