Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto de la actual vigencia fiscal
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 14 de junio en curso, concedió al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la autorización necesaria para efectuar un traslado entre las apropiaciones del Ministerio de Gobierno, según consta en la nota número 4375, procedente de la Secretaría de la mencionada entidad,
DECRETA:
Artículo único. Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE GOBIERNO
Capítulo 1°
| Del artículo 2° Para sueldos de los empleados de las Secretarías de las Cámaras Legislativas, durante los cinco meses de sesiones | $ 10.571.72 | |
|---|---|---|
| Al artículo 3° Para sueldos de los empleados de las Secretarías de las Cámaras Legislativas, durante siete meses de receso del Congreso | 10.571.72 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de junio de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Jorge GARTNER
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
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