Por el cual se autoriza la cesión de unas acciones al Departamento de Caldas

Rango Decreto
Publicación 1956-06-16
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

considerando:

Que por Decreto número 3518 de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional.

Que la Nación es dueña de ciento cincuenta (150) acciones cada una por valor nominal de mil pesos ($ 1.000.00) en la Sociedad denominada La Rochela Hotel de Turismo, S. A., con domicilio en la ciudad de Manizales;

Que dichas acciones no le están dando rendimiento alguno a la Nación, pues no sólo se han desvalorizado en cerca del 50%, sino que el Hotel de la Rochela no viene cumpliendo ninguna función en beneficio del turismo nacional;

Que el Gobernador de Caldas ha solicitado se le cedan a ese Departamento las acciones a que se alude en los apartes anteriores, con el fin de a efectuar una completa reorganización en el Hotel de Turismo de La Rochela, colocándolo en condiciones de prestar los servicios para que fue fundado,

decreta:

Artículo primero. Cédese al Departamento de Caldas, a título gratuito, las acciones que posee la Nación, en la sociedad denominada La Rochela Hotel de Turismo, S. A., con domicilio en la ciudad de Manizales.
Artículo segundo. Facúltase al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar el traspaso de los títulos correspondientes, a fin de dar cumplimiento a lo que dispone el artículo anterior.
Artículo tercero. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 24 de mayo de 1956.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA.

Presidente de Colombia.

El Ministro de Gobierno, Lucio Pabón Núñez-El Ministro de Relaciones Exteriores, Evaristo Sourdis-El Ministro de Justicia, Pedro Manuel Arenas. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos Villaveces-El Ministro de Guerra, Mayor General Gabriel París-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Hernando Salazar Mejía-El Ministro del Trabajo, Cástor Jaramillo Arrubla-El Ministro de Salud Pública, Gabriel Velázquez Paláu-El Ministro de Fomento, Teniente Coronel Mariano Ospina Navia-El Ministro de Minas y Petróleos, Félix García Ramírez-El Ministro de Educación Nacional, Gabriel Betancur Mejía-El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Gustavo Berrío Muñoz-El Ministro de Obras Públicas, Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango.

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