por el cual se suprimen unos cargos en el Servicio Exterior
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º A partir del 1º de agosto de 1987, suprímense en el Servicio Exterior de la República, los siguientes cargos:
Un (1) Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2 EX de la Misión Permanente de Colombia ante la Oficina Europea de las Naciones Unidas - ONU, con sede en Ginebra, Suiza, con una asignación básica mensual de un mil ochocientos cincuenta y nueve dólares con 56/100 MD (US$ 1.859.56), ocupado por el señor Luis Fernando Paredes Zapata.
Un (1) Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2 EX de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, con una asignación básica mensual de un mil ochocientos cincuenta y nueve dólares con 56/100 MD (US$ 1.859.56), ocupado por el señor Boris Hleap Zapata.
Un (1) Tercer Secretario, Grado Ocupacional 1 EX de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Suiza, con una asignación básica mensual de un mil setecientos doce dólares con 47/100 MD (US$ 1.712.47), ocupado por el señor Jaime Enrique Suárez Ferreira.
Un (1) Vicecónsul, Grado Ocupacional 1 EX del Consulado General de Colombia en Montreal, Canadá con una básica mensual de un mil setecientos doce dólares con 47/100 MD (US$ 1.712.47), ocupado por el señor Enrique Dager Gerala.
Artículo 2º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 30 de junio de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Julio Londoño Paredes.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcón Mantilla.
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