Por el cual se crean tres puestos para la oficina General del Trabajo

Rango Decreto
Publicación 1935-07-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia.

en uso de sus facultades legales, y en especial de la que le confiere el artículo 1° de la Ley 73 de 1927.

DECRETA:

Articulo 1° Créanse los siguientes puestos en la Oficina General del Trabajo:

Un Inspector Nacional para el Departamento de Nariño, residente en la ciudad de Pasto, con la asignación mensual de ciento cincuenta pesos ($ 150).

Dos Ayudantes Mecanógrafos para la Sección de Estadística, con la asignación mensual de ochenta pesos ($ 80) cada uno.

Articulo 2° Para proveer la plaza de Inspector Nacional del Trabajo en el Departamento de Nariño, nómbrase al señor Néstor Leal.
Articulo 3° Nómbrase Ayudantes Mecanógrafos de la Sección de Estadística a los señores Rafael Lamus Rodríguez y Alejandro Sarmiento, quien tendrá derecho, este último, al sueldo que le corresponde a partir del día 5 de abril del año en curso, fecha desde la cual ha estado prestando sus servicios.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de julio de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Industrias y Trabajo,

Benito HERNANDEZ B

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