Por el cual se aumenta una asignación
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir del día primero del presente mes de julio en adelante, el sueldo mensual del Cajero de la Aduana de Barranquilla, será de $350.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de julio de 1926.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús M. MARULANDA.
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