Por el cual se aprueba el Decreto número 1078 de 19 de diciembre de 1949, expedido por la Gobernación del Departamento de Caldas

Rango Decreto
Publicación 1950-06-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el Decreto extraordinario número 3518 de 1949,

DECRETA:

Artículo primero. Apruébase en todas sus partes el siguiente Decreto expedido por la Gobernación de Caldas, que a la letra dice:

"DECRETO NUMERO 1078 DE 1949 (DICIEMBRE 19)

por el cual se crean las facultades de Agronomía y de Medicina Veterinaria en el Departamento de Caldas.

El Gobernador del Departamento de Caldas,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Articulo 1° Créase la Facultad de Agronomía de la Universidad Popular de Caldas, como una institución universitaria de carácter profesional, en la cual se cursarán estudios de ingeniería agronómica.
Artículo 2° Créase la Facultad de Medicina Veterinaria de la Universidad Popular de Caldas, como una institución universitaria de carácter profesional, en la cual se cursarán estudios de medicina veterinaria.
Articulo 3° El plan de estudios que se desarrollará en las Facultades que se crean, será el establecido para las Facultades similares correspondientes a la Universidad Nacional, pero se incorporarán además las actividades que más consulten los intereses agrícolas industriales y pecuarios del Departamento y del país.
Artículo 4° El primer año funcionará durante el período universitario de 1950, de acuerdo con los siguientes planes de estudio:
FACULTAD DE AGRONOMIA
Primer año.
Primer semestre T P
Algebra I 3 Segundo semestre T P
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Geometría Plana 3 Algebra II 3
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Física I 4 3 Trigonometría Plana 3
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Química I 3 Física II 4 3
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Biología 3 6 Química II 3 3
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Orientación Agrícola 3 3 Botánica 3 3
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Dibujo Técnico 4 Dibujo Topográfico 4
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FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA
Primer semestre T P Segundo semestre T P
Anatomía Comparada 2 12 Anatomía Comparada 2 12
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Histología 1 5 Histología 1 5
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Química Biológica 3 4 Química Biológica 3 3
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Física Médica 3 Física Médica 3
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Plantas Forrajeras 2 1 Botánica Aplicada 2 2
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Artículo 5° El personal directivo y docente para cada una de las Facultades estará integrado por un Director o Decano, un Secretario Tesorero y el número de profesores de tiempo completo y de catedráticos indispensables para el amplio desarrollo del pénsum.
Artículo 6° Créanse 30 becas mensuales costeadas con fondos departamentales, así: 15 para la Facultad de Agronomía y 15 para la Facultad de Medicina Veterinaria.
Artículo 7° En el Decreto sobre liquidación de presupuesto se incluirán las partidas indispensables para el sostenimiento de las becas creadas mediante el artículo anterior.
Artículo 8° La partida para atender a los gastos que demanda el funcionamiento de las Facultades creadas se tomará de la suma que el Departamento adeuda a la Universidad Popular por su participación en la renta de tabaco. Estas partidas serán incorporadas tanto en el presupuesto de gastos del Departamento para la próxima vigencia, como en el presupuesto especial de gastos para el Instituto Politécnico -Universidad Popular de Caldas-. El Gobicrno hará las gestiones del caso con la Nación a fin de conseguir que el Gobierno Nacional incorpore en su Presupuesto las mismas sumas que para atender al funcionamiento de dichas Facultades apropie el Departamento, de acuerdo con los términos del contrato citado en los considerandos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Manizales, a los diez y nueve días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y nueve.

(Firmados): El Gobernador, Cástor Jaramillo Arrubla - El Secretario de Gobierno, Gonzalo Jaramillo J. - El Secretario de Hacienda, Enrique García H. - El Secretario de Economía, GonzaloUribe Mejía. - El Secretario de Salubridad y Asistencia Social, encargado de la Dirección de Educación, Rafael Ramírez R. El Secretario de Obras Públicas, Elías Arango Escobar".

Artículo segundo. El presente Decreto regirá desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de abril de 1950.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Gobierno, Evaristo SOURDIS -El Ministro de Educación Nacional, Manuel MOSQUERA GARCES.

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