Por el cual se modifica y adiciona la planta de personal de las dependencias centrales del Ministerio de Obras Públicas y Transporte establecida por los Decretos 1516 y 2674 de 1976 y ajustada a la Resolución 5402 de 1978

Rango Decreto
Publicación 1979-06-12
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución y de acuerdo con el Decreto-ley 1042 de 1978,

decreta:

Artículo 1° Suprímense de la planta de personal de las dependencias centrales del Ministerio de Obras Públicas y Transporte., establecida por los Decretos 1516 y 2674 de 1976 y ajustada por la Resolución 5402 de 1978, los siguientes cargos:
Denominación del empleo N° de cargos Código Grado
Despacho del Ministro.
Secretario 1 5140 08
Dirección General de Construcción de Carreteras.
Profesional Especializado 1 3010 10
División de Interventorías.
Sección de Supervisión Técnica.
Secretario 1 5140 08
División de Ingeniería de Materiales.
Sección de Pavimentos
Técnico Operativo 1 4080 09
Sección de Ensayo de Materiales y Control de Calidad
Secretario 1 5140 08
Dirección General Operativa.
División de Conservación de Carreteras.
Sección de Radiocomunicaciones.
Técnico Operativo 1 4080 09
División de Equipos y Talleres.
Sección de Talleres
Profesional Universitario 1 3020 06
Dirección General de Navegación y Puertos.
División de Transporte Fluvial.
Sección de Estudios.
Secretario 1 5140 03
Dirección General de Inmuebles Nacionales.
División de Conservación de Edificios y Monumentos Nacionales.
Sección de Administración de Edificios.
Profesional Universitario 1 3020 06
Cajero 1 5095 07
Dirección General de Relaciones Industriales.
División de Relaciones Laborales.
Sección de Asuntos Individuales y Prestaciones Sociales.
Secretario 1 5140 08
Artículo 2° Créanse en la planta de personal de las dependencias centrales del Ministerio de Obras Públicas y Transporte, determinada por los Decretos 1516 y 2674 de 1976 y ajustada por la Resolución 5402 de 1978, y de acuerdo con el régimen de nomenclatura, clasificación y remuneración de empleas establecidas por los Decretos 1042 y 2924 de 1978, los siguientes cargos:
Denominación del empleo N° de cargos Código Grado
Despacho del Ministro.
Asesor 1 1020 03
Oficina Jurídica.
Profesionales Especializados 2 3010 10
Profesionales Especializados 2 3010 09
Artículo 3° La autoridad nominadora designará el personal que deba ocupar los cargos que el presente Decretó establece, de conformidad con las disposiciones, legales vigentes y las normas fijadas en este Decreto.
Artículo 4° Los empleados públicos que estando al servicio del Ministerio de Obras Públicas y Transporte fueren incorporados a la planta de personal que por esta norma se establece, no requerirán otra formalidad para su posesión que la firma del acta respectiva.
Artículo 5° Los empleados de que trata el artículo 4° de este Decreto no se entenderán desvinculados del servicio para ningún efecto legal.
Artículo 6° En estos términos queda modificado y adicionado la planta de personal de las dependencias centrales del Ministerio de Obras Públicas y .Transporte.
Artículo 7° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 25 de mayo de 1979.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jaime García Parra. El Ministro de Obras Públicas y Transporte, Enrique Vargas Ramírez. El Jefe-del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Laura Ochoa de Ardila.

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