Por el cual se convoca al Congreso Nacional a sesiones extraordinarias
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales,
decreta:
Artículo 1° Convócase el Congreso Nacional a sesiones extraordinarias a partir del 18 de enero y hasta el 25 de febrero de 1972.
Artículo 2° Durante las sesiones a que se refiere el artículo anterior, el Congreso se ocupará de los siguientes negocios:
- a) Proyecto de ley por la cual se introducen modificaciones a las Leyes 200 de 1936, 135 de 1961 y 1a de 1968; se crea la jurisdicción agraria y se establecen disposiciones sobre renta presuntiva;
- b) Proyecto de ley por la cual se dicta el Estatuto de la Educación Superior;
- c) Proyecto de ley sobre Reforma Urbana.
- d) Proyecto de ley por la cual se conceden facultades al Gobierno para actualizar y reformar las normas orgánicas del presupuesto;
- e) Proyecto de ley por la cual se amplían unas autorizaciones al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito externo y se dictan otras disposiciones;
- f) Proyecto de ley por la cual se dicta el Estatuto General de la Educación;
- g) Proyecto de ley por la cual se reforma el calendario de festivos y el régimen de vacaciones del sector público y del sector privado;
- h) Proyecto de ley por la cual se conceden facultades extraordinarias al Presidente de la República para la expedición de un nuevo Código de Régimen Político y Municipal;
- i) Proyecto de ley por la cual se dictan disposiciones sobre Bonos de Fomento Agropecuario, Fondo Financiero Agropecuario, Fondo de Rehabilitación Agropecuaria, Fondos Ganaderos, Prenda Agraria, Banco Ganadero y otras materias;
- j) Proyecto de ley por la cual se dispone la creación de Fondos Regionales de Fomento Económico y Capitalización Social y se dictan otras disposiciones; y
- k) De los demás que en el curso de las mismas sesiones someta el Gobierno a su consideración.
Artículo 3° El Presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 11 de enero de 1972.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Gobierno, Abelardo Forero Benavides.
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