Por el cual se fija la tripulación para una draga marina de succión

Rango Decreto
Publicación 1949-05-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que la draga marina de succión que según contrato celebrado con George P. Wagner Associates se está construyendo en Estados Unidos, con destino a los trabajos de Bocas de Ceniza, quedara terminada en el curso de noventa días;

Que para conseguir oportunamente el personal experto que puede manejarla es necesario señalar de una vez la respectiva tripulación y fijarle sus sueldos;

Que parte del personal tendrá que viajar para recibir la draga en los astilleros y regresar a borda de ella,

DECRETA:

Articulo 1° Para la draga .marina de succión que se está construyendo en Estados Unidos, con destino a los trabajos en Bocas de Ceniza, fíjanse la tripulación y sueldos mensuales siguientes, que se cubrirán con cargo: a la partida destinada para adquisiciones, mejoras, dotación y conservación de las obras de Bocas de Ceniza:
1 Capitan (Oficial Naval) $ 950.00
1 Primer Oficial (Oficial Naval) 700.00
1 Primer Maquinista 550.00
2 Segundos Maquinistas, cada uno $ 300 600.00
1 Electricista 500.00
1 Ayudante de Electricista 300.00
1 Contramaestre de dragado y maniobras 350.00
4 Operadores de Dragado, cada uno $ 300 1.200.00
1 Primer Piloto 500.00
1 Segundo Piloto 350.00
1 Radio-Operador 300.00
3 Fogoneros, cada uno $ 250 750.00
4 Aceiteros, cada uno $ 250 1.000.000
1 Mecánico Soldador 300.000
6 Marineros, cada uno $ 250 1.500.000
1 Contador Almacenista 300.00
1 Enfermero 300.00
2 Cocineros Primeros, cada uno $ 200 400.00
2 Cocineros Segundos, cada uno $ 175 350.00
2 Lavanderos, cada uno $ 150 300.00
6 Sirvientes, cada uno $ 150 900.00
$ 12.400.00
Artículo 2° El Capitán y el Electricista viajarán a Estados Unidos en la fecha que el Ministerio de Obras Publicas les señale, con el objeto de estar presentes en el recibo, de la draga, y viajar a bordo de ella hasta Barranquilla. El recto de la tripulación tomará posesión de sus cargos inmediatamente que la unidad llegue a Bocas de Ceniza.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de abril de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público. Hernán JARAMILLO OCAMPO- El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.

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