Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1972. (Ministerio de Obras Públicas), por $ 14.725.582.63
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y,
CONSIDERANDO:
Que el numeral l° del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente abrir un crédito adicional al presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972, del Ministerio de Obras Públicas por $ 14.725.582.63, financiado con recursos del crédito externo, (BID), para la construcción de carreteras;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió, el Certificado de Disponibilidad número 12 de 1972, para amparar el crédito presupuesta de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos, del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1972, con la cantidad de catorce millones setecientos veinticinco mil quinientos ochenta y dos pesos con sesenta y tres centavos ($ 14.725.582.63) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 12 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
| Presupuesto de Rentas e Ingresos |
|---|
| Capítulo XVI |
|---|
| Recursos del Crédito |
| b) Recursos del Crédito Externo |
| Numeral 192. Equivalente en pesos del producto de las operaciones de crédito externo, con el BID, utilizable en 1972, para construcción de carreteras | $ | 14.725.582,63 |
|---|---|---|
| Suma el recurso | $ | 14.725.582,63 |
Articulo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972.
| Preupuesto de Inversión |
|---|
| Ministerio de Obras Públicas |
|---|
| Capítulo 710 |
| Ministerio de Obras Públicas Programa 711 Plan Vial Nacional Recursos del Crédito Externo BID |
| 584 - 264 - Artículo 7229 - Construcción y reconstrucción de carreteras. Transversal del Caribe | $ | 14.725.582,63 | ||
|---|---|---|---|---|
| Proyecto 1. La Ye-Paraguachón | $ | 14.725.582,63 | ||
| Suma el crédito | $ | 14.725.582,63 |
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 11 de julio de 1972.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo Llorente Martínez.
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