Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978 (Ministerio Público y Departamento Administrativo de la Presidencia de la República), por $ 15.250.000

Rango Decreto
Publicación 1978-07-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el Ministerio Público y el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, por medio de las Resoluciones números 079 y 086 de 1978 declararon sobrante la suma de $ 15.250.000 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaron insuficientes.

Que de conformidad con lo dispuesto en e1 artículo 113 del Decreto-ley 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió los certificados de Reserva y Disponibilidad números 34 y 32, por $14.300.000 y $ 950.000, respectivamente, para amparar los traslados presupuestares de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,

decreta:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978:

Contracreditos:

Presupuesto de Funcionamiento.

Ministerio Público.

CAPITULO 1

Dirección Superior.

Servicios personales.

Claves: Art.
122 02 11. 3451. Sueldo del personal de nómina. $ 10.749.000
122 16 11. 3457. Indemnización por vacaciones ' 300,000

CAPITULO 2

Fiscalías de Tribunales y Juzgados.

Servicies personales.

122 02 11. 3451. Sueldos del personal de nómina 3.000.000

CAPITULO 3

Fiscalías del Consejo de Estado y Tribunales de lo Contencioso Administrativo.

Servicios personales.

122 16 11. 3457. Indemnización por vacaciones 251.OOO

Departamento Administrativo de la Presidencia de- la República.

CAPITULO 1

Dirección Superior.

Servicios personales.

111 05 11. 4103. Remuneración Servicios Técnicos 650.00Q
111.07 11. 0104. Jornales 50.000
111 11 11. 0107. Prima técnica 250:000
Suman los contrácréditos 15.250.'000

Créditos:

Presupuesto cíe Funcionamiento

Ministerio Público.

CAPITULO 1

Dirección Superior

Gastos generales

122 35 12. 3460. Mantenimiento y aseguros $ 2.000.000
122 30 12. 3461. Compra de equipo 4.000.000
122 37 12: 3462. Viáticos y gastos de viaje 3.000.000'
122 38 12 3463. Servicios de Comunicaciones 650.000
122 39 12. 3464. Servicios públicos 550.000'
122 40 12. 3465. Materiales y suministros 1.500.000
122 41 12. 3466. Impresos y publicaciones 300.000
122 42 12. 3467. Arrendamientos 1.500.000

CAPÍTULO 2

Fiscalías He Tribunales y Juzgados.

Gastos, generales.

122 37 12 3462. Viáticos y gastos de viaje 800.000

Departamento Administrativo de la Presidencia.

CAPÍTULO 1

Dirección Superior.

Servicios personales.

111 08 11. 0105 Horas extras y días feriados 100.000
111 16 11. 0109 Indemnización por vacaciones ' 200.000

Gastos generales

111 3512. 0112. Mantenimiento y. aseguros 150.000
111 4012. 0117. Materiales y suministros 300.000
111 4112. 0118. Impresos y publicaciones 200.000
Suman los créditos $ 15.250.000
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de junio de 1978.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso Palacio Rudas.

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