Por el cual se suprimen dos Oficinas Postales y se hace un nombramiento
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades légales,
decreta:
Artículo 1°. Suprímense las Administraciones Subalternas de Correos de Sabanalarga (Antioquia) y San Agustín (Huila), por estar funcionando como Oficinas mixtas desde el primero de enero y primero de marzo próximo pasado, respectivamente.
Artículo 2° Nómbrase Ayudante de la Administración Principal de "Correos de Popayán a contar del primero de julio próximo, al Señor Francisco Zambrano, puesto creado por Decreto,808 de 4 de Mayo del año en curso.
Artículo 3° Con la suma de cuatrocientos noventa y un pesos cuarenta centavos ($ 491.40) que queda libre con la supresión indicada en él articulo 1° se pagará el gasto ocasionado por el artículo 2° de este Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de junio de 1928.
miguel abadia mendez
El Ministro de Correos y Telégrafos,
José Jesús garcia
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