Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 2 de julio del corriente año, autorizó al Ministerio de Hacienda para hacer un traslado dentro de las apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional,
DECRETA:
Artículo único. Hácese el siguiente traslado en el presupuesto del
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Capítulo 46.
Educación normalista. Escuela Normal de varones de Barranquilla.
| Al artículo 277. Para sueldos del personal de esta escuela, en el año | $ | 2.924 | |
|---|---|---|---|
| Al artículo 278. Para el pago.de becas y pensiones alimenticias, de empleados internos de esta escuela, en el año | 4.000 | ||
| Capítulo 52. | Capítulo 52. | Capítulo 52. | Capítulo 52. |
| Gastos varios. | Gastos varios. | Gastos varios. | Gastos varios. |
| Al artículo 375. Para propaganda cultural, biblioteca y otros gastos | 6.076 | ||
| Capítulo 47. | Capítulo 47. | Capítulo 47. | Capítulo 47. |
| Institutos varios. | Institutos varios. | Institutos varios. | Institutos varios. |
| Del artículo 320. Para completar el pago del edificio de la Escuela de Minas de Medellin y, en general, para' dar cumplimiento a la Ley 171 de 1936 | $ | 13.000 | |
| Sumas iguales | $ | 13.000 | 13.000 |
Dado en Bogotá, a 9 de julio de 1938.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda, y Crédito Público,
Héctor José VARGAS
El Ministro de Educación Nacional,
José Joaquín CASTRO M.
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