por el cual se reorganizan las Aduanas Nacionales, los Resguardos de la Sección Primera de la Policía Fiscal y los Juzgados de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se señala su personal, se fijan las asignaciones de éste y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1946-05-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 14 de la Ley 40 de 1945,

DECRETA:

Artículo 1°. A partir del 16 de abril del año en curso, el personal y asignaciones mensuales de las Administraciones de Aduanas serán las siguientes:

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