Por el cual se fijan unas asignaciones y se deroga el artículo 2° del decreto número 1161(bis), de 30 de septiembre último

Rango Decreto
Publicación 1901-11-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,

En uso de sus facultades legales, y,

decreta:

Art. 1.° A contar del día 1° de Noviembre próximo venidero, los Inspectores de Telégrafos, departamentales y seccionales, gozarán de los siguientes asignaciones mensuales:
Los departamentales $450
Los seccionales 350
Art. 2.° Derógase en todas sus partes el artículo 2° del Decreto número 1,161 (bis), de 30 de Septiembre del presente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 22 de Octubre de 1901.

José Manuel MARROQUÍN

El Ministro de Gobierno,

guillermo QUINTERO C.

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