Por el cual se adopta y aprueba un Reglamento para la instrucción del Ejército
El Presidente de la República de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase y adóptase en todas sus partes el Reglamento de Gimnasia expedido por el Ministerio de Guerra en el presente año.
Artículo 2º. Desde la promulgación de este Decreto se pondrá en práctica dicho Reglamento en las guarniciones militares de la República.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 7 de Noviembre de 1908.
B. REYES
El Ministro de Guerra,
- v. CALDERON R.
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