Por el cual se distribuye una apropiación (Ramo de Edificios Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Articulo 1° Del saldo de la partida apropiada en el Capítulo 122, articulo 1597 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1951, "Para gastos de administración y construcción de Edificios Nacionales", hácese la siguiente distribución parcial:
CAPITULO 122
| Articulo 1597 Ordinal Y) Para el Edificio de la Imprenta Nacional | $ | 330.000,.00 |
|---|---|---|
| Ordinal Z) Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 39 del Decreto - ley número 548 de 6 de marzo de 1951 | 69.025.00 |
Artículo 2° Adicionase en $ 20.437.60 la apropiación del Capítulo 122, articulo 1597, ordinal E), construcción de la Plaza de Mercado de Girardot.
Artículo 3° Adicionase en $ 36.000.00 la apropiación del Capítulo 122, artículo 1597, ordinal w), construcción de la iglesia de Túquerres.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 31 de mayo de 1951
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.
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