Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1983-05-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º Apruébase el Acuerdo número4de abril 7 de 1983, del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

«ACUERDO NUMERO 4 DE 1983

(abril 7)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones y

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Articulo primero. Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros para que, con recursos tornados del Fondo Nacional del Cate, suscriba y pague nuevas acciones del Ingenio del Risaralda, S. A., por la suma de $ 100.000.000.00 moneda corriente, pagaderas en dos contados iguales en los meses de abril y agosto del presente año.

Articulo Segundo. Someter el presente Acuerdo por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogota, D. E., a los siete (7) días del mes de abril de mil novecientos ochenta y tres (1983).

El Presidente (Fdo.),

Alfonso Palacio Rudas.

El Secretario (Fdo.), Jose Fernando Jaramillo H

Articulo 2º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogota,DE., a 25 de abril de 1983.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Edgar Gutiérrez Castro:

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