Por el cual se crea un cargo en el Ministerio de Obras Públicas (Ramo de Interentorías)

Rango Decreto
Publicación 1955-05-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. Dependiente del Departamento de Interventorías del Ministerio de Obras Públicas, créase el cargo de Arquitecto Interventor de los edificios que se construyen en las Zonas de los Departamentos del Huila y Cauca, con una asignación mensual de mil pesos ($ 1.000.00), suma que se cubrirá con cargo al Capítulo 123, artículo 2656 del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo segundo. Para desempeñar el cargo de Arquitecto Interventor de los edificios que se construyen en las Zonas de los Departamentos del Huila y Cauca, creado por el artículo anterior, nómbrase al señor Jorge Pardo Villaveces,

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de abril de 1955.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA.

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Obras Públicas,

Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango.

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