Por el cual se crea una Junta encargada de organizar la celebración del 20 de julio del presente año y se destina la suma para los gastos que se ocasionen

Rango Decreto
Publicación 1920-06-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° Créase una Junta encargada de organizar los festejo en conmemoración del 20 Julio, la cual se compondrá de los señores Eduardo Restrepo Sáenz, Gobernador de Cundinamarca; Luis Augusto Cuervo, Presidente del Concejo Municipal de Bogotá; Zenón Escobar Padilla, Alcalde Mayor de la ciudad; Raimundo Rivas, Presidente de la Academia Nacional de la Historia; Eudoro Pedroza, Presidente de la Sociedad de Embellecimiento; doctor Marceliano Vargas, doctor Arturo Quijano, doctor Agustín Nieto Caballero, General Francisco Palacio Pertuz, doctor Alfonso Robledo y de los señores Jefes de los Regimientos que hacen la guarnición de la capital.

Parágrafo Esta Junta nombrará su Presidente, su vicepresidente, su Secretario y su Tesorero, y dispondrá lo que juzgue más conveniente para el desempeño del cargo que se le da.

Articulo 2° Destínase la suma de dos mil pesos ($ 2.000) para los gastos que ocasione el cumplimiento de este Decreto, suma que se tomará de la de gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio de Gobierno, en el Presupuesto del actual periodo fiscal (artículo 276 capítulo 171).
Artículo 3° El Tesorero que nombre la Junta cumplirá con los requisitos del caso y rendirá sus cuentas a la Corte del ramo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de junio de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ

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