Por el cual se distribuye una partida
La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 0525 del 26 de marzo del corriente año, fue creada la Escuela Nacional de Comercio de la ciudad de Bucaramanga, y
Que es indispensable destinar la partida necesaria para su organización y sostenimiento,
DECRETA:
Artículo único La partida apropiada en el Capitulo 387, artículo 3966, del Presupuesto Nacional vigente, "para creación y sostenimiento de nuevos planteles de Educación Industrial y Comercial en los sitios que determine el Gobierno Nacional", se distribuye así:
| Ordinal 1° Para sueldos del personal, pago de Prima de Navidad, alimentación del personal y demás gastos de sostenimiento de la Escuela Nacional de Comercio de Bucaramanga, en el año | $ | 100 000.00 |
|---|---|---|
Parágrafo. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de julio de 1958.
Mayor General GABRIEL PARIS,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca. - Vicealmirante Rubén Piedrahita Arango.-Brigadier GeneralRafael Navas Pardo. - Brigadier General Luis E. Ordóñez.
Jesús María Marulanda,
Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Alonso Carvajal Peralta,
Ministro de Educación Nacional
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.