Por el cual se crea una Colonia militar, y agrícola

Rango Decreto
Publicación 1908-02-18
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

Decreta:

Artículo 1º. Créase una Colonia militar, penal y agrícola en el punto de Tuturento, jurisdicción del Municipio de Quibdó, Intendencia nacional del Chocó.
Artículo 2°. La Colonia citada se ocupará de preferencia en la siembra de caucho, de que trata el artículo 9° del Decreto número 1513 de 1907, Decreto que le será aplicable.

Parágrafo. Por disposición posterior se harán los nombramientos del caso.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 1° de Febrero de 1908.

R. REYES

El Ministro de Guerra,

manuel m. SANCLEMENTE

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